info@comunacero.com.ar martes 08 julio 2025
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Rige la veda electoral en CABA: hasta cuándo dura y qué actividades están prohibidas

La veda electoral por las elecciones legislativas de la Ciudad de Buenos Aires arrancó este viernes 16 de mayo a las 8 de la mañana y terminará tres horas después del cierre de los comicios, el domingo 18 a las 21 horas.

Durante ese lapso, los candidatos no podrán realizar actos de campaña o proselitistas. También hay otra serie de restricciones para la ciudadanía en general.

Los porteños volverán a utilizar el sistema de BUE (Boleta Única Electrónica) durante el sufragio. Participarán todos los ciudadanos mayores de 16 años con domicilio en CABA. Las mesas de votación estarán abiertas de 8 a 18, y quienes infrinjan las normas de la veda podrán ser denunciados y sancionados.

Según establece el Código Nacional Electoral, la veda electoral comienza a regir 48 horas antes de la apertura de los centros electorales y termina tres horas después de cerrados los comicios.

En estas elecciones legislativas, la veda comenzó a regir este viernes 16 desde las 8 y alcanzará al territorio porteño hasta las 21 del domingo 18 de mayo.

La veda prohíbe todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Qué no se puede hacer durante la veda electoral Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
Prohibición de portar armas.
Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Qué pasa si no se cumple con la veda electoral Multas económicas de entre $10 mil y $100 mil. Penas de prisión de 15 días a 6 meses para quienes comercialicen bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido.
Hasta 15 días de prisión para personas que porten armas o exhiban insignias partidarias el día de la votación.

En el caso de las agrupaciones políticas, la realización de actos de campaña durante la veda puede derivar en la pérdida del derecho a recibir aportes públicos, subsidios o financiamiento estatal por un período de uno a cuatro años.

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