La regulación establece un régimen diferenciado de acuerdo con el ciclo productivo de cada cultivo. Para los cultivos de invierno, las reducciones entrarán en vigor de forma inmediata; mientras que para los cultivos de verano, se ha diseñado un cronograma gradual con el fin de que las reducciones estén en efecto para el momento de comercialización de la cosecha.
Respecto al trigo y la cebada, el decreto activa la disminución previamente anunciada por el presidente Javier Milei. La alícuota para estos granos se reduce del 7,5% al 5,5%, y varios productos industrializados de ambas cadenas, como harinas, sémolas, almidones y malta, verán derechos de exportación que oscilarán entre el 1% y el 3,5%.
La soja presenta uno de los cambios más significativos dentro de esta medida. La alícuota para el poroto disminuirá del 24% vigente en 2026 al 21% en diciembre de 2027 y al 15% a partir de diciembre de 2028. Además, se incluye en este esquema a aceites, harinas, pellets y otros productos industriales, los cuales sufrirán una reducción progresiva en los próximos dos años.
Asimismo, el maíz y el sorgo también se incorporan al plan de reducciones. Según las posiciones arancelarias, algunos productos estarán exentos del tributo, y otros experimentarán reducciones escalonadas, donde algunas alícuotas pasarán del 8,5% al 7,5% en 2027 y luego al 5,5% para finales de 2028.
Para la cadena del girasol, se ha establecido un régimen similar, en el que algunas variedades de semillas quedarán exentas de derechos de exportación, mientras que ciertos aceites y derivados experimentarán bajas graduales para alcanzar entre un 1% y un 3% hacia finales de 2028.
También se contemplan ajustes para los biocombustibles. El Gobierno ha fijado una alícuota del 0% para los biodiéseles producidos a partir de aceites de colza, cártamo, Brassica Carinata y Camelina Sativa, además de combustible que no contenga aceite de soja. Para los demás biodiéseles en la misma posición arancelaria, se implementará una reducción progresiva, bajando del 21% actual al 18% en diciembre de 2027 y al 13% un año después.
En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo subraya que el sector agroindustrial es fundamental para la generación de divisas, empleo y desarrollo regional vinculado a las exportaciones. En este contexto, sostiene que busca impulsar la competitividad, facilitar el comercio exterior, simplificar trámites y promover la apertura de nuevos mercados.
Además, el Gobierno considera los derechos de exportación como un “impuesto distorsivo” y reafirma que su objetivo es avanzar hacia una reducción gradual de estos gravámenes, con miras a su eliminación, siempre que las condiciones fiscales lo permitan.
La disposición entrará en vigor el próximo jueves 4 de junio y se enviará a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, como lo estipula el procedimiento para los decretos adoptados bajo facultades delegadas.
El esquema incluye dos fases diferenciadas: la primera, con una reducción inmediata para los cultivos de invierno, teniendo en cuenta su inminente siembra; y la segunda, un cronograma específico para los cultivos de verano, que se implementará posteriormente.
Desde el Gobierno enfatizan su intención de asegurar que las reducciones estén vigentes en el momento de la comercialización de cada cosecha, lo que permitirá mejorar la competitividad del sector sin comprometer los objetivos de equilibrio fiscal.
Finalmente, la iniciativa también prevé una disminución de las retenciones para ciertos biocombustibles producidos a partir de aceites de colza, cártamo, Brassica Carinata y Camelina Sativa, buscando diversificar mercados y expandir las exportaciones argentinas.
De acuerdo con el decreto, el cronograma específico de reducción de alícuotas se detalla en los anexos de la norma y se ejecutará de manera progresiva en los próximos años, constituyendo uno de los principales compromisos tributarios asumidos por la administración del presidente Javier Milei hacia el sector agroindustrial.










