La resolución recién aprobada reemplaza a la Resolución 226/2024, vigente hasta ahora, pero mantiene la necesidad de obtener un nuevo nombramiento por parte del Poder Ejecutivo, el cual debe ser precedido por el acuerdo correspondiente del Senado, para poder seguir ejerciendo funciones luego de los 75 años.
La nueva normativa busca adaptarse a los cambios introducidos por el Decreto 467/2026, que había eliminado ciertos trámites considerados redundantes con el objetivo de agilizar el proceso de designación de magistrados.
De acuerdo con el anexo de la publicación oficial, los jueces deberán iniciar el trámite para un nuevo nombramiento en el año previo a alcanzar los 75 años.
El artículo 4 de la resolución estipula que: “El Ministerio de Justicia solicitará a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que, preservando el secreto fiscal, elabore, dentro de los CINCO (5) días de recibida la solicitud, un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del magistrado solicitante”.
En caso de que el titular del Poder Ejecutivo Nacional decida no elevar la propuesta o no lo haga en la fecha en que el magistrado cumpla 75 años, el Ministerio de Justicia deberá notificar al Consejo de la Magistratura, a la Procuración General o a la Defensoría General de la Nación, según corresponda, para iniciar el concurso destinado a cubrir la vacante.
Asimismo, si el Senado no brinda el acuerdo necesario expresa o no lo hace a tiempo, el Ministerio de Justicia deberá nuevamente notificar a los organismos pertinentes para el inicio del concurso por la vacante generada.
Las nuevas designaciones tendrán una duración de cinco años y podrán renovarse siguiendo el procedimiento correspondiente.
La cartera de Justicia vincula esta modificación con los cambios implementados en 2026 en los procedimientos para la designación de magistrados. Entre los fundamentos de la Resolución 384/2026, se subraya la necesidad de eliminar trámites innecesarios y concentrar los mecanismos de transparencia y participación ciudadana en la instancia que se lleva a cabo ante el Senado.
Asimismo, la normativa actualiza los mecanismos de divulgación de las nominaciones y, con su entrada en vigencia, deja sin efecto la Resolución 226/2024, que regulaba hasta ahora este proceso.
La aplicación de esta modificación no se limitará solo a las solicitudes que se realicen de ahora en adelante. La Resolución 384/2026 establece que el nuevo reglamento será de aplicación tanto a las solicitudes presentadas a partir del 12 de agosto de 2026 como a aquellas que ya se estaban tramitando ante el Ministerio de Justicia.
De este modo, la reforma altera el procedimiento administrativo para la gestión de nuevos nombramientos, manteniendo igualmente la exigencia de intervención del Poder Ejecutivo y del Senado para poder continuar en el cargo al llegar a la edad estipulada.










