La reciente normativa, publicada en el Boletín Oficial, resulta en la exclusión de más de 3 millones de usuarios que residían en un centenar de departamentos en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Jujuy y La Rioja.
De aquí en adelante, los subsidios estarán disponibles únicamente para la región patagónica, la región de la Puna y el departamento de Malargüe en Mendoza.
La medida fue aprobada por el Congreso el 24 de septiembre, en medio de un intenso debate que ignoró los argumentos de los expertos presentados por quienes se opusieron al recorte. El oficialismo justificó la reducción argumentando que permitiría al Gobierno ahorrar entre 200 mil y 480 mil millones de pesos, fondos que se destinarían a sostener el superávit fiscal frente a la caída en la recaudación.
La promulgación, que fue fechada el 9 de octubre, vincula la implementación del Régimen de Zona Fría a un Régimen de Subsidios Focalizados, que se aplicará según los consumos base de los usuarios residenciales que cumplan con ciertas condiciones.
Los requisitos incluyen:
– Que los hogares de cuatro integrantes no tengan ingresos netos conjuntos que superen las tres Canastas Básicas Totales, es decir, aproximadamente 4,8 millones de pesos. – Que alguno de los miembros del hogar posea el Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares). – Ser veterano de la Guerra de Malvinas y ser responsable del hogar. – Que algún integrante acredite un Certificado Único de Discapacidad (CUD), el cual estará sujeto a evaluación.
Este nuevo régimen se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2031 y mantendrá un recargo de hasta el 7,5 por ciento sobre el costo del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, destinado a financiar un fondo fiduciario. Este porcentaje puede ser ajustado por el Gobierno en un rango de hasta el 50 por ciento, según su conveniencia en el momento.
Asimismo, la normativa refuerza el principio de traslado de los costos de adquisición de energía a las tarifas, tanto para electricidad como para gas natural, conforme a lo estipulado en la norma. También extiende el horizonte del régimen de promoción de energías renovables hasta 2045, mientras que elimina ciertas regulaciones anteriores que fomentaban inversiones en hidrocarburos, manteniendo los derechos adquiridos.










