La información fue oficializada a través del Decreto 475/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La normativa, según lo expuesto en sus considerandos, busca actualizar la legislación tributaria a raíz de “los adelantos tecnológicos”, con el objetivo de incorporar a ciertos actores digitales que hasta ahora no estaban considerados y de igualar el tratamiento fiscal para empresas con actividades semejantes.
Una de las modificaciones más significativas es la inclusión de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) dentro del régimen de exenciones. Según la nueva ley, las cuentas utilizadas exclusivamente para las actividades de estos proveedores estarán libres del impuesto, siempre que estén registradas en la Comisión Nacional de Valores (CNV) y previamente inscriptas ante la ARCA conforme a la Resolución General 3900/16.
El decreto también actualiza los requisitos para las empresas que ofrecen servicios electrónicos de pago y cobranzas en nombre de terceros, como aquellos destinados al pago de facturas de servicios públicos e impuestos.
Además, se incorporan nuevos incisos al artículo 10 del reglamento del impuesto, ampliando los beneficios a otros sectores estratégicos.
Estas modificaciones entran en vigencia de inmediato tras la publicación del decreto.










